DEDICACIÓN ACADÉMICA (PREGRADO) | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
RGEPr ART. 97. La dedicación académica máxima de un estudiante de pregrado durante el primer semestre de estudios es de 16 créditos. Lo anterior, no aplica para los estudiantes del pregrado de Medicina y Arquitectura, quienes deberán consultar con su Facultad lo referente a la dedicación académica asignada para ellos, ni para los estudiantes de programas no reformados. La dedicación académica máxima para un estudiante de pregrado a partir del segundo semestre de estudios matriculado es de 18 créditos. Lo anterior no aplica para los estudiantes del pregrado de Medicina, quienes deberán consultar con su Facultad lo referente a la dedicación académica asignada para ellos, ni para los estudiantes de programas no reformados. Parágrafo. Sin perjuicio de los requisitos para todos los estudiantes de programas reformados dispuestos en el presente capítulo, los cursos de inglés que no hagan parte del plan de estudios, el curso Herramientas para la vida universitaria y los cursos de deportes no se consideran dentro de los topes definidos. REGLAMENTACIÓN DE EXTRACREDITOS Aquellos estudiantes que inscriban extracréditos y retiren más de dos materias, no podrán inscribir créditos extra al siguiente semestre, aunque tengan el promedio igual o superior a 4,0. Parágrafo: Se exceptúan de esta norma los estudiantes del programa de Medicina, quienes deberán consultar con su Facultad lo referente a la carga académica asignada para ellos. EXTRACREDITACIÓN (PROGRAMAS REFORMADOS): RGEPr ART. 98. A partir del tercer semestre de estudios matriculado, el estudiante que cuente con el promedio para extracreditación igual o superior a cuatro (4,0), podrá tomar hasta 20 créditos. Promedio para extracreditación: Corresponde al promedio de las calificaciones obtenidas en las materias cursadas en los dos últimos semestres matriculados, ponderado por el número de créditos para cada una. Excluye el período intersemestral (cursos de vacaciones y verano). Aplica exclusivamente para programas reforma
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